Se libera de responsabilidad a los empleadores respecto de aquellas patologías preexistentes
Ante la necesidad de comprobar la aptitud de un postulante para cubrir determinado puesto de trabajo, asà como a los fines de detectar las patologÃas preexistentes al inicio de una relación de trabajo cabe determinar la obligatoriedad de la realización de un examen médico de salud previo al inicio de la relación laboral, indicando asimismo los contenidos mÃnimos de dicho examen.
Los exámenes preocupacionales o de ingreso tienen como propósito determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofÃsicas para el desempeño de las actividades que se le requerirán.
La realización de los exámenes preocupacionales es obligatoria, debiendo efectuarse de manera previa al inicio de la relación laboral. La realización del examen preocupacional es responsabilidad del empleador, sin perjuicio de que pueda convenir con su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) la realización del mismo.
No realizar el examen preocupacional puede generar un rechazo de atención médica por parte de la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) ante un accidente de trabajo y expone al empleador a la cobertura del mismo y el pago de su incapacidad si la hubiera.-
A través del mismo se constata la adecuación existente entre los requerimientos del puesto de trabajo y la condición psicofÃsica del postulante.-
Constan de:
- Perfil básico
- Cuestionario clÃnico, en carácter de declaración jurada
- Examen clÃnico completo (agudeza visual, bucodental y evaluación de todos los aparatos y sistemas, con énfasis en los más comprometidos por la tarea a realizar.)
- RadiografÃa de Tórax en posición de frente
- Análisis de Laboratorio Basicos: hemograma, eritrosedimentación, glucemia, uremia y examen completo de orina
- EspirometrÃa (uno de los estudios más importantes para determinar estado de la función pulmonar del postulante previo a su ingreso y compararlo con los que se realicen una vez al año en los Exámenes periódicos).
- Electrocardiograma.
En caso de preverse la exposición a los agentes de riesgo, deberán además, efectuarse los estudios correspondientes a cada agente.- Anexo II RES 37/10.
- Reacción de Hudlesson para personal de frigorÃficos e industrias quÃmica.
- Exámenes semestrales en el empleo de berilio, cromo, benceno, fósforo blanco, nitratos, fenoles, halogenados, etc.
- Evaluación de herramientas manuales de aire comprimido, sólidos en suspensión, flúor y radiaciones ionizantes
- Exámenes trimestrales en el empleo de manganeso, mercurio, plomo y sus compuestos
- AudiometrÃas en industrias con nivel sonoro continuo equivalente o mayor a 80 Db.
Estudios opcionales:
- Test de embarazo
- RadiografÃas de columna lumbosacra
- Déficits inmunológicos
- Exámenes neurológicos y psicológicos. Cuando las actividades a desarrollar por el postulante puedan significar riesgos para sÃ, terceros o instalaciones (por ejemplo conductores de automotores, grúas, autoelevadores, trabajos en altura, etcétera).
- ElectroencefalografÃas
- Exámenes oftalmológicos
- ErgometrÃas
- Perfil psicológico
- Informe socio ambiental laboral